APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BPS. EJERCICIO 2012




Promulgación: 28/12/2011
Publicación: 12/01/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1783
Referencias a toda la norma

Artículo 58

 Facultase al Banco de Previsión Social, a establecer un Sistema de
Remuneración Variable para sus funcionarios, de acuerdo al cumplimiento de
las metas, objetivos y actuación individual, según lo establecido en la RD
19-2/2011 y ulteriores modificativas que el Directorio pueda aprobar,
previo acuerdo con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. De lo actuado
se dará cuenta al Tribunal de Cuentas.
A tales efectos se tomarán en cuenta las pautas dispuestas en la nota No.
046/C/11 del 03 de junio de 2011 de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, las que se ajustaran a las características del Instituto.
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