DECLARACION DE VIGENCIA EL ACUERDO COMERCIAL Nº 18 PARA EL SECTOR DE LA INDUSTRIA FOTOGRAFICA, EN EL AMBITO DE LA ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION




Promulgación: 18/11/1983
Publicación: 10/01/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 1021
Referencias a toda la norma

Artículo 3

  Sin perjuicio de los respectivos gravámenes indicados en el artículo
anterior, serán exigibles los Derechos Consulares y la Tasa de
Movilización de Bultos en cuanto los mismos integren la Tasa global
Arancelaria.
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