MEDIO AMBIENTE - TARIFAS PUBLICAS




Promulgación: 25/01/1993
Publicación: 11/02/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  Visto: la gestión promovida por la Dirección de Calidad Ambiental del
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente,
solicitando se fijen las tarifas de las retribuciones a percibir por la
realización de distintos análisis en su laboratorio.

  Resultando: I) Que la Dirección Nacional de Medio Ambiente elevó estas
actuaciones con informe favorable, en opinión coincidente con la Asesoría
Jurídica.

II) Se recabó informe de la Contaduría de dicha Secretaría de Estado, la
que se expidió sin formular observaciones.

  Considerando: I) Que el producido de la prestación de servicios de
carácter ambiental integra el Fondo Nacional de Medio Ambiente (FONAMA),
creado por el art. 454 de la Ley 16.170 del 18 de diciembre de 1990;

II) Que por lo expuesto, resulta conveniente proveer en la forma
aconsejada por la Dirección Nacional de Medio Ambiente.

  Atento: a lo precedente y a lo preceptuado por la Ley de contabilidad y
Administración Financiera (Ley 16.226 del 29 de octubre de 1991).

                        El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

   Fíjanse en Unidades Reajustables (U.R.) las siguientes tarifas para la
realización de análisis por parte del Laboratorio de la Dirección de
Calidad Ambiental (Dirección Nacional de Medio Ambiente) del Ministerio de
Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente:

 1. Análisis por parámetro
 U.R.
Alcalinidad            0.80
Dureza                 0.65
Calcio                 0.65
Turbidez               0.25
Conductividad          0.25
Sólidos totales,
fijos y volátiles      0.40
Sólidos suspendidos
totales, fijos
y volátiles            0.45
Sólidos sedimentables  0.25
Sulfuros               0.65
Sulfatos               0.80
D. B. O.               0.85
D. B. O                0.55
Aceites y grasas       1.00
Sustancias act.
al azul met.           1.10
Cloruros               0.65
Nitratos               0.80
Fósforo total          0.80
Oxígenos Winkler       0.65
Silicatos              0.80
Coliformes fecales     1.40
Coliformes totales     1.40

 2. Análisis por grupos de parámetros
 U.R.
a) Bacterología:
Coliformes totales y coliformes fecales 2.00
b) Efluentes:
Tipo D. B. O.; D. Q. O.; sólidos totales, fijos  y volátiles; sólidos
suspendidos o sólidos sedimentables 1 hora; OD o conductividad 3.00
c) Básicos:
Alcalinidad, dureza, calcio, turbidez, conductividad, cloruros, silicatos
4.00
d) Nutrientes:
Nitratos, fósforos total 1.20      

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2, 3 y 4.

LACALLE HERRERA - MANUEL ANTONIO ROMAY
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