APROBACION DE LAS PARTIDAS PRESUPUESTALES DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1995




Promulgación: 13/02/1996
Publicación: 05/03/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 423
Referencias a toda la norma

Artículo 19

   La prima por antigüedad se abonará a los funcionarios que tengan más de
un año de antigüedad, a razón y como mínimo del 2% del Salario Mínimo
Nacional por mes y por año.
   Para el cómputo de la antigüedad se sumarán los períodos de actividad
continuos o discontinuos en la Administración Pública o en la ex Compañía
de Aguas Corrientes.
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