VISTO: el Decreto Nº 88/995, de 21 de febrero de 1995.-
CONSIDERANDO: I) la propuesta complementaria presentada por la Dirección
de Loterías y Quinielas, referente a los cargos y contratos de función
pública comprendidos en lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº
16.462, de 11 de enero de 1994.-
II) que la misma responde a las exigencias preceptuadas en la referida
norma legal.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a los informes técnicos de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina Nacional del Servicio
Civil y Contaduría General de la Nación.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Modifícase el artículo 1º del Decreto Nº 88/995, de 21 de febrero de
1995 en el sentido de incluir en el mismo, en la Unidad Ejecutora 008
"Dirección de Loterías y Quinielas" un Asesor de la Dirección.-
Comuníquese a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina Nacional
del Servicio Civil, Contaduría General de la Nación y Dirección Nacional
de Loterías y Quinielas.-