Las partidas presupuestales incluidas en los Objetos 141.000 Combustibles
derivados del petróleo, 148.000 Compra de energía, 299.003 "Pago de
leasing", 515.000 "Versión de Resultados"; 261.010 IMABA; 261.021 IRAE;
261.030 "Impuesto al Patrimonio"; 262.040 "IVA pagos DGI", 262.050 "IVA
compras"; 263.010 "Tributos Municipales"; 263.020 "Tribunal de Cuentas";
263.030 Otros Tributos Nacionales; 263.040 "Tributos Internacionales";
799.000 "Penalizaciones URSEA"; Grupo 6 "Intereses y otros gastos de
deuda" y Grupo 8 "Clasificación de Aplicaciones Financieras", se
consideran de carácter no limitativo y no podrán ser utilizadas como
reforzantes. El Organismo podrá adecuar el monto de dicha partida a sus
necesidades, dando cuenta a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al
Tribunal de Cuentas.