Para percibir el porcentaje de honorarios y los ajustes previstos en el
literal g) del inciso B) del artículo anterior deberá además haberse
completado un cursillo básico de administración y la correspondiente
asistencia social en función de los niveles socio-culturales de los
grupos, de manera de lograr el buen uso de las viviendas y el adecuado
desarrollo de la vida comunitaria de los aspirantes o beneficiarios.