Delimítanse las competencias entre la Dirección Forestal, Parques y Fauna y la Dirección de Contralor Legal, del Ministerio de Ganadería y Agricultura, en todo lo relativo a la fauna.
Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 4/982 de 08/01/1982 artículo 1.
Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 242/971 de 06/05/1971 artículo 1, Decreto Nº 204/971 de 22/04/1971 artículo 1.