Autorízase al Banco Central del Uruguay, en el ámbito de la
Superintendencia de Instituciones de Intermediación Financiera, de
conformidad con lo establecido en el Capítulo VII, artículos 38, 39
y 40 de la Ley Nº 16.696 de 30 de marzo de 1995, a crear los cargos
siguientes:
DENOMINACION DEL CARGO CANTIDAD GRADO E.P.U.
Jefe de Departamento I 1 56
Jefe de Unidad I 2 54
Analista III 8 36
(*)