INGRESO CIUDADANO. SE AUTORIZA AL BANCO DE PREVISION SOCIAL A EFECTUAR EL PAGO DEL MISMO EN SU RED DE PAGOS




Promulgación: 24/11/2005
Publicación: 29/11/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1234
VISTO: el Decreto 176/005 de 23 de mayo de 2005;

RESULTANDO: I) que por el citado decreto se reglamenta la Ley Nº 17.869
de 20 de mayo de 2005;

II) que a tales efectos el art. 6º establece, respecto al pago del
ingreso ciudadano, que el Banco de Previsión Social será "el organismo
encargado de abonarlo a través de su red de pagos en organismos
públicos";

CONSIDERANDO: el carácter y características de la red de pagos del Banco
de Previsión Social y el cumplimiento de la finalidad del servicio;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     Actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Autorízase al Banco de Previsión Social a efectuar el pago del Ingreso
Ciudadano en su red de pagos.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - JOSE DIAZ - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - AZUCENA BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI
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