APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANTEL. EJERCICIO 2007




Promulgación: 12/12/2007
Publicación: 18/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1414

Artículo 23

Viáticos.
Los gastos que, en razón de sus cometidos, deban realizar los funcionarios
fuera de la localidad donde normalmente prestan servicios, serán
compensados con un viático que se regulará de acuerdo a las disposiciones
reglamentarias establecidas por Resolución de Directorio No. 1500/81 del
15/06/81 y sus modificativas y concordantes.
Dicho viático está sujeto a aportes al BPS por el 50% y el funcionario
deberá acreditar permanencia en el destino para hacer efectivo el mismo.
Se imputará al rubro 3 "Servicios no Personales".
En el caso de traslados y viáticos al exterior los mismos se regulan en
cuanto a liquidación por las disposiciones del Poder Ejecutivo en la
materia y en cuanto a los beneficiarios por lo establecido en las
correspondientes Resoluciones de Directorio.
Están sujetos a aportes el BPS por el 25%.
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