Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.781 de 12/05/1978.
Artículo 18
La Delegación del Uruguay en la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande,
entregará a la Dirección General del Catastro Nacional, la administración
de los inmuebles que hubieran quedado sin adjudicar.