APROBACION DE NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA ADJUDICACION DE VIVIENDAS A LOS POBLADORES DE BELEN Y CONSTITUCION




Promulgación: 18/08/1978
Publicación: 31/08/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 394
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.781 de 12/05/1978.

Artículo 7

La Delegación del Uruguay en la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande,
formará un registro a los efectos de incluir a los interesados en la
adquisición de las nuevas viviendas, comprendidos en el artículo 7º de la
ley que se reglamenta.

 Sobre la base de dicho registro, que se cerrará a más tardar el 31 de
diciembre de 1978, se elaborarán listas, de acuerdo a los criterios
establecidos en el inciso 1º del artículo 2º de esta reglamentación.
Dentro de cada lista, el orden de preferencia en la elección de vivienda,
se fijará por sorteo.
Referencias al artículo
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