VISTO: las Leyes N° 18.211, de 5 de diciembre de 2007, y N° 18.731, de 7 de enero de 2011, y el Decreto N° 216/020, de 4 de agosto de 2020;
RESULTANDO: que dicho Decreto fija el valor del Costo Promedio Equivalente para el Seguro Nacional de Salud;
CONSIDERANDO: I) que es deber del Poder Ejecutivo velar por el interés general, tutelando la accesibilidad, racionalidad y sustentabilidad del Sistema Nacional Integrado de Salud;
II) que, a estos efectos, se entiende oportuno y conveniente ajustar el valor del Costo Promedio Equivalente para el Seguro Nacional de Salud;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
El valor del Costo Promedio Equivalente para el Seguro Nacional de Salud, previsto en el inciso 3° del artículo 55 de la Ley N° 18.211, de 5 de diciembre de 2007, en la redacción dada por el artículo 9° de la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011, y reglamentado por el Decreto N° 221/011, de 27 de junio de 2011, se establece en $ 3.442 pesos (tres mil cuatrocientos cuarenta y dos), a partir del 1° de enero de 2021.
LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - DANIEL SALINAS