Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la gestión iniciada por la Caja de Jubilaciones Bancarias elevando el Presupuesto y Ejecución Presupuestal para el Ejercicio 1978.
Considerando: I) Que dicha elevación al Poder Ejecutivo se funda en lo establecido en el artículo 48 del decreto ley 10.331 de 29 de enero de 1943 y artículo 1.o de la resolución 618/969 de 5 de junio de 1969;
II) Que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión ha emitido su informe,
El Presidente de la República
DECRETA:
Fíjase en N$ 9:689.146.00 (nuevos pesos nueve millones seiscientos ochenta y nueve mil ciento cuarenta y seis) el Presupuesto Operativo de la Caja de Jubilaciones Bancarias para el Ejercicio 1978, de acuerdo con el siguiente detalle:
N$
__
Retribuciones Personales .......................... 6:279.950.00
Aportes Patronales ................................ 1:701.015.00
Compensaciones Varias ............................. 519.650.00
Gastos de Funcionamiento .......................... 1.134.669.00
Gastos Extraordinarios ............................ 53.862.00
____________
TOTAL ....................................... 9:689.146.00
De acuerdo con el sistema de información que establezca la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión para la evaluación de gestión, la Caja de Jubilaciones Bancarias, deberá remitir a aquella los estados analíticos de Ejecución Presupuestal en la forma y con la frecuencia que aquél sistema determine.