APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ILPE. EJERCICIO 1991




Promulgación: 13/10/1992
Publicación: 10/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: El Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de las Industrias Loberas y Pesqueras del Estado,
correspondiente al ejercicio 1991.

    Considerando: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido
su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.

    Atento: A lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República;

                         El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

    Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de las Industrias Loberas y Pesqueras del Estado,
correspondiente al ejercicio 1991, de acuerdo con el siguiente detalle:
   I - INGRESOS.                                          5.984.329.699
   =============                                          =============
   I. Ingresos del Giro                                   5.324.229.515
   --------------------                                   -------------
    1.1 Ventas en plaza                                   4.147.029.615
      1.1.1. Productos sector pesca  3.457.821.000
      1.1.2. Productos sector lobero   640.208.002
      1.1.3. Residuos                   49,000,613
                                       ------------
    1.2. Ventas al exterior                             1.177.199.900
         1.2.1 Productos sector pesca  1.177.199.900
                                       -------------
   II. Ajenos al giro                                    570.160.124
   ------------------
       2.1.1. Comedor                      8.495.385
       2.1.2  IVA Ventas                 561.664.799
                                         -----------   
   II - PRESUPUESTO OPERATIVO.                           7.019.991.260
       =======================                           ==============
       Rubro        Denominación           N$                 N$
     -----------   --------------------   ---------------  -------------
      0        RETRIBUCION SERVS. PERSONALES                 1.585.464.352
      011311   Sueldos básicos cargos presupuest.113.871.828
               Directorio                         43.601.916
      011312   Incremento mayor horario            8.570.916
      011315   Dif. p/subrogac. cargos presupuest. 3.387.756
      019311   Sueldo anual compl. presupuestados   17.487.627
      021321   Sueldos básicos contratados       598.870.632
      021322   Incremento mayor horario           65.840.196
      021325   Diferencia por subrogación          8.007.384
      029321   Sueldo anual compl. contratados    67.375.216
      031      Retribuciones zafrales             35.365.098
      036331   Retrib. jornaleros y destajistas  360.793.368
      039331   Sueldo anual comp. jornal. dest.   86,480,769
      061311   Horas extras presupuestados         4.561.284
      061321   Horas extras contratados           33,095,364
      061325   Horario nocturno contratados        2.626,980
      062311   Gastos de representación            5.450.232
      062317a  Ded. especial (G.rot) Presup.       1.126.800
      062317b  Ded. especial presupuestados        11.118.288
      062318   Prima por antigüedad presupuestado 18.155.304
      062327a  Ded. esp. (g.ro.) contratados       4,703,844
      062327b  Ded. esp. contratados              12.740.004
      062328   Prima por antigüedad contratados   62.546.304
      062338   Prima por ant. jornal. y destajis. 35.466.768
      077      Quebranto de caja                   1.497.396
      079a     Comp. trabajo en camara              9.792.456
      079b     Comp. trabajo en fábrica harina     3,277,572
      079c     Comp. a la persona                 12.764.256
      08011    Adelanto a cuenta presupuestados        7.200
      08021    Adelanto a cuenta contratados         237.600
      08031    Adelanto a cuenta jorn. y destajo     144,000
                                                 -------------
          1    CARGAS LEGALES S/SERVS. PERSONALES              488.167.114
       111     Aporte patronal sist. seg. social   388.488.766
       123     Aporte patronal al F.N.V             15.854.644
       125     Prima por seguro de accidente        68.019.060
       131     Impuesto s/retribuciones             15.854.644
                                                ---------------
         2     MATERIALES Y SUMINISTROS.                    3.510.122.554
         3     SERVICIOS NO PERSONALES.                       539.356.556
         4     MAQUINAS, EQUIPO Y MOBILIARIO                   79.637.161
         7     SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS               294.550.074
     751       Prima por matrimonio              1.741.157
     752       Prima por hogar constituído     105.676.085
     753       Prima por nacimiento              3.482.254
     754       Prestación por hijo              34.880.208
     758       Prestaciones por alimentación    51.298.680
     774       Contrib. por asistencia médica   78.028.800
     792       Tributos municipales             19.450.890
                                             --------------
    III - OPERACIONES FINANCIERAS                           522.635.449
          =======================                         ==============
    891    I.V.A. compras                522,685,449
                                                         ----------------
   IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES.                          440.010.148
        ==========================                         =============
        Rubro           Denominación
        ---------       ----------------
         2        MATERIALES Y SUMINISTROS.           4.371.584
         4        MAQUINARIA, EQUIPO Y MOB. NUEVOS  276.004.959
         6        CONTRUC. MEJORAS Y REP. EXTRAORD. 159.633.605
                                                    -------------
   La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
nomeda extranjera, se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte
de este decreto.

   Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, incluyen el incremento salarial otorgado
con vigencia 1º de setiembre de 1990.

   Las normas presupuestales, planillas estados que se acompañan se
consideran parte integrante de este Decreto. 

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 494/992 de 
13/10/1992.

LACALLE HERRERA - ALVARO RAMOS - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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