Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 22 de
agosto de 1994, que dispuso la apertura de la investigación prevista por
el artículo 18 del Decreto Nº 315/993 de 6 de julio de 1993 respecto de la
importación de cuadernos.
Considerando: procedente, de acuerdo con lo que surge de la referida
investigación, la fijación de precios mínimos de exportación definitivos
para dichos productos.
Atento: a lo expuesto y a lo informado por la Comisión de Aplicación
creada por el artículo 14 del Decreto Nº 315/993 de 6 de julio de 1993
mencionado.
El Presidente de la República
DECRETA:
Fíjase hasta el 31 de diciembre de 1994 el siguiente precio mínimo de
exportación definitivo:
Cuadernos que ingresen por el item NADISA 4820.20.00.00 U$S 1.40 por
kilo CIF.