MODIFICACION AL DECRETO 634/974, REGLAMENTARIO DE DISPOSICIONES DEL PERSONAL MILITAR SUBALTERNO QUE REALIZO LA OPCION DE PASAJE AL CODIGO BF




Promulgación: 04/09/1979
Publicación: 21/09/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 513
  Visto: la gestión del Comando General del Ejército, para regularizar los
efectivos fijados por el artículo 3.o del decreto 634/974, de fecha 8 de
agosto de 1974.

  Resultando: que las incorporaciones dispuestas por resoluciones 49.934 y
49.935, de fecha 25 de noviembre de 1975 aumentaron los cargos en todos
los grados de los Escalafones de los Cuerpos Administrativo y
Especializado, creándose también cargos en el de Servicios, para los
cuales rige lo dispuesto en el artículo 9.o del decreto 634/974 de fecha 8
de agosto de 1974.

  Considerando: I) Que es conveniente regularizar los Escalafones antes
mencionados, por razones de organización y método, así como para asegurar
el procedimiento exacto de calificación del personal correspondiente;

  II) Que dado el sistema empleado para los ascensos a Sargento 1.o y
Suboficial Mayor, resulta conveniente asignar tales cargos en forma global
al Comando General del Ejército;

  III) Que por razones de servicios es conveniente disponer modificaciones
en las asignaciones originales, particularmente en cargos vacantes de
Soldado de 1ª y Soldado de 2ª del Cuerpo Administrativo.

  Atento: al informe favorable del Asesor Letrado del Ministerio de Defensa Nacional,

  El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase el artículo 3.o del decreto 634/974, de fecha 8 de agosto de
1974, en cuanto a los efectivos redactados en los papeles administrativos
Serie D. p. Nos. 063.376 y 063.377, los cuales se fijan a partir del 1.o de julio de 1979, de la siguiente manera:


                              CUADRO A

                       CUERPO ADMINISTRATIVO


Grado   CGE IMES EM EAS LM"GA" IGM SIAM SMA DTEF SIE SVR SEPAMME  TOTAL
-----------------------------------------------------------------------
MAY.      1  --  --  --   --    --  --   --  --   --  --    --       1
CAP.      2  --  --  --   --    --  --   --  --   --  --    --       2
TTE. 1º   3  --  --  --   --    --  --   --  --   --  --    --       3
TTE. 2º   7  --  --  --   --    --  --   --  --   --  --    --       7
AFL.      8  --  --  --   --    --  --   --  --   --  --    --       8
SOM.     10  --  --  --   --    --  --   --  --   --  --    --      10
SGT. 1º  21  --  --  --   --    --  --   --  --   --  --    --      21
SGTO.    16   1   3  --    1     2   2    5   1   28   2     1      62
CBO. 1ª  11   1   3  --    1     2   2    6   1   33   1    --      61
CBO. 2ª  13  --   4  --    1     4   6    8   1   30   2    --      69
SDO. 1ª  11  --   4   1    3     3   6    8   1   40   2    --      78
SDO. 2ª  --  --   3  --    1     1  --   --  --   --   1    --       6

Totales 103   2  17   1    7    12  16   27   4  131   8     1     328


                       CUERPO ESPECIALIZADO

                                             CGE ESC
Grado   CGE  IGM  SIAM  SMA  STE  STE SEPAMME UNIF LM"GA" DTEF  TOTALES
-----------------------------------------------------------------------

MAY.      1  --    --    --   --   --    --     --   --    --        1
CAP.      1  --    --    --   --   --    --     --   --    --        1
TTE. 1º   4  --    --    --   --   --    --     --   --    --        4
TTE. 2º   4  --    --    --   --   --    --     --   --    --        4
ALF.      6  --    --    --   --   --    --     --   --    --        6
SOM.     20  --    --    --   --   --    --     --   --    --       20
SGT. 1º  28  --    --    --   --   --    --     --   --    --       28
SGTO.     8   4     7    20(1) 2   18     8      4   --    --       71
SBO. 1ª   4   4     9    28    3   36    13      5   --    --      102
CBO. 2ª   4   2    12    38    3   43    21      3    1     2      129

Totales  80  10    28    86    8   97    42     12    1     2      366

(1) Estando excedido el Servicio de Material y Armamento en 2 cargos de
Sargento del Cuerpo Especializado, se dispone que las próximas 2 vacantes
a producirse en dicho grado y Escalafón no sean ocupadas a efectos de
regularizar las asignaciones correspondientes que quedarán en 18.

Artículo 2

  Las vacantes de Suboficial Mayor y Sargento 1.o aunque asignadas al
Comando General del Ejército, continuarán siendo ocupadas por Lista de
Ascensos, asignándose el destino a quienes ascienden de acuerdo a las
necesidades del servicio.

Artículo 3

   Respecto al Ministerio de Defensa Nacional rige el decreto 634 de fecha 8 de agosto de 1974 y sucesivas modificaciones.

Artículo 4

  Comuníquese, publíquese y archívese.

  MENDEZ - WALTER RAVENNA
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