Decreto N° 495/989
REQUISITOS DE LOS SEGUROS PARCIALES DE ASISTENCIA MEDICA PRESTADOS POR INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA
Promulgación: 31/10/1989
Publicación: 21/02/1990
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 2
- Año: 1989
- Página: 599
Artículo 13
La propaganda que realicen los Seguros Parciales deberá dar
cumplimiento a las normas vigentes.
Ayuda