Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
//Información ilegible en el original//,
octubre de 1971 en la redacción dada por el artículo 1º del decreto
566/972 de 15 de agosto de 1972.
Resultando: que a fs. 1, la Escuela Nacional de Policía informa de las
dificultades para la aplicación práctica de dicha norma.
Considerando: que en mérito a lo expuesto, corresponde modificar el
referido texto normativo a fin de unificar criterios para su
interpretación y posterior aplicación práctica.
Atento: a lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio del
Interior.
El Presidente de la República
DECRETA:
Sustitúyese el texto del artículo 277 del decreto 643/71, de 5 de octubre de 1971 en la redacción dada por el artículo 1º del decreto
566/972, de 15 de agosto de 1972 por el siguiente: (*)