PRORROGA DE LA VIGENCIA DEL DECRETO 731/973, RELATIVO A LIBERACION DE LA OBLIGACION DE EXPORTACION DE BIENES EN BUQUES DE BANDERA NACIONAL




Promulgación: 30/07/1976
Publicación: 12/08/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 455
 Visto: el decreto 731/973 del 7 de setiembre de 1973, por lo cual todas
las exportaciones nacionales de bienes, productos y mercaderías fueron
liberadas por el término de un año, de las obligaciones impuestas por el
artículo 312 de la ley 14.106 de 14 de marzo de 1973 y el decreto 766/974 de 27 de setiembre de 1974, por el cual se prorrogó por un año dicho decreto.

 Resultando: que subsisten las razones que motivaron dichos decretos,
estando aún en el estudio el proyecto de ley de Marina Mercante que, en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2º del citado decreto,
estructuró la Comisión Asesora de la Marina Mercante.

 Considerando: que por lo expuesto es conveniente proceder a prorrogar lo
dispuesto por el decreto de referencia.

 Atento: a lo informado por las Asesorías Económico-Financiera y Jurídica
del Ministerio de Economía y Finanzas.

 El Presidente de la República

                            DECRETA:

Artículo 1

Prorrógase hasta el 14 de setiembre de 1976, lo dispuesto por el
artículo 1º del decreto 731/973, del 7 de setiembre de 1973.

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 18/08/1976.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

DEMICHELI - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - EDUARDO CRISPO AYALA - ADOLFO
CARDOSO GUANI
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