IMPUESTO A LA PRODUCCION MINIMA EXIGIBLE A LAS EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS. REINTEGROS




Promulgación: 10/08/1971
Publicación: 13/08/1971

Resumen:

Elévanse los reintegros que efectuará el Banco de la República (BROU) referidos a créditos emergentes de las declaraciones juradas del impuesto a la producción mínima exigible a las explotaciones agropecuarias.


		
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