La referida Comisión tendrá como cometido, en un plazo de sesenta días
desde su constitución, la elaboración de un Plan Nacional de Sistema
Unificado de Control Vehicular de carácter nacional, para su aprobación
por el Poder Ejecutivo, que contenga:
a) las características de una nueva versión del Sistema de Control
Vehicular (SISCONVE) adecuada a los adelantos tecnológicos, a los
requerimientos de los usuarios nacionales surgidos a partir de la
experiencia adquirida y que constituya un sistema integral común a
todos los organismos públicos, facilitando el debido contralor de
acuerdo a pautas de carácter nacional;
b) las formas de contratación que estime convenientes a los efectos de la
implantación del sistema que se convenga;
c) las formas contractuales y las formas de financiamiento para la
integración al Sistema de la totalidad de la flota pública nacional.