VISTO: la situación planteada por el Ministerio del Interior en relación a
las condiciones de habitabilidad y hacinamiento a nivel penitenciario.
RESULTANDO: I) que por Decreto Nº 264/009, de 1º de junio de 2009, se
asignó la suma de $ 300:000.000 (pesos uruguayos trescientos millones) a
la referida Secretaría de Estado a fin de ampliar la capacidad de
alojamiento y refaccionar diversos establecimientos penitenciarios.
II) que el importe asignado a esos efectos resulta insuficiente para hacer
frente a las obras requeridas a esos efectos.
III) que dicho gasto es imprescindible a efectos de dotar de continuidad
el programa de humanización del sistema carcelario emprendido.
CONSIDERANDO: que no se cuenta con previsión presupuestal para atender
dicha erogación, encuadrándose en consecuencia en las hipótesis
establecidas en el numeral 3º del artículo 15 del TOCAF 1996.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el numeral 24 del artículo 168
de la Constitución de la República y artículos 33 y 74 del TOCAF 1996.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
actuando en consejo de ministros
DECRETA:
Artículo 1
Habilítase en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", Proyecto 751
"Complejo Carcelario", la suma de $ 80:000.000 (pesos uruguayos ochenta
millones) a efectos de solventar los gastos a complementar el
financiamiento autorizado en el Decreto Nº 264/009, de 1º de junio de
2009.
TABARE VAZQUEZ - JORGE BRUNI - PEDRO VAZ - ALVARO GARCIA - GONZALO FERNANDEZ - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - RAUL SENDIC - JULIO BARAIBAR - MARIA JULIA MUÑOZ - ANDRES BERTERRECHE - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI