DELEGACION EN EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA LA INVESTIGACION, DESARROLLO Y FORMACION EN EL USO DE LA ENERGIA SOLAR TERMICA




Promulgación: 22/02/2012
Publicación: 01/03/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 249

Artículo 5

 Requerir del Banco Hipotecario del Uruguay:
1.     Coordinar la operativa del Plan Solar con la DNE y UTE.
2.     Incluir esta actividad en las líneas crediticias destinadas a
       reformas, en condiciones lo más favorables posibles para el
       usuario.
3.     Promocionar el Plan Solar para asegurar su conocimiento a nivel
       nacional.
4.     Informar a la DNE las instalaciones que se desarrollen en el marco
       del presente plan.
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