EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. RIO NEGRO




Promulgación: 29/01/2024
Publicación: 08/02/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), por la que solicita la designación para ser expropiada de la fracción del inmueble empadronado con el N° 8408 (p) (ocho mil cuatrocientos ocho) ubicado en la Localidad Catastral de Fray Bentos, del departamento de Río Negro;

   RESULTANDO: I) que la solicitud radica en la necesidad de ampliar la barra de Estación 4T10 Fray Bentos en el emplazamiento actual ampliando la misma hacia el predio contiguo padrón N° 8408 de la localidad de Fray Bentos, motivado en el crecimiento de la demanda de potencia en la zona, principalmente de emprendimientos industriales e inmobiliarios;

   II) que el 27 de marzo de 2023 el departamento de Bienes Raíces de UTE tasó el inmueble a adquirir en la suma de U.I. 131.403,00 (unidades indexadas ciento treinta y un mil cuatrocientos tres con 00/100);

   III) que de la información aportada por la Dirección General de Registros surge que la propiedad del inmueble es de la Intendencia de Río Negro;

   CONSIDERANDO: I) que corresponde acceder a lo solicitado, en mérito a que la designación solicitada es necesaria para que UTE brinde el servicio de suministro de energía eléctrica en la zona;

   II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, informa que no tiene observaciones que formular y sugiere proceder de acuerdo a lo solicitado;

   ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 3.958, de 28 de marzo de 1912, y sus modificativas, los Decretos Leyes N° 14.694, de 1 de setiembre de 1977, y N° 15.031, de 4 de julio de 1980, y a lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Desígnase para ser expropiada por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), la fracción del inmueble empadronado con el N° 8408 (p) (ocho mil cuatrocientos ocho) ubicado en la Localidad Catastral de Fray Bentos, del departamento de Río Negro, que según plano de mensura N° 1658 del Departamento de Bienes Raíces de 27 de marzo de 2023, levantado por el Ing. Agrim. Martín Wainstein, consta de un área de 5298 m² con 69 dm² y se deslinda de la siguiente forma: al Sureste tramo recto de 72 metros y 4 centímetros de longitud con frente a camino la feria, al Suroeste tramo recto de 75 metros de longitud lindando con el padrón 8409, al Noroeste tramo recto de 69 metros y 31 centímetros de longitud lindando con parte del padrón N° 8408 y al Noreste tramo recto de 75 metros de longitud lindando con el padrón N° 7273.

Artículo 2

   Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3

   La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027, de 17 de junio de 1980.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

   LACALLE POU LUIS - ELISA FACIO - AZUCENA ARBELECHE
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