CREACION DE LA COMISION INTERSECTORIAL PARA EL CONTROL DEL TABACO




Promulgación: 20/10/2008
Publicación: 31/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1622
VISTO: el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el
Control del Tabaco (CMCT-OMS) adoptado por la 56ª Asamblea Mundial de la
Salud, aprobado por la Ley Nº 17.793 de 16 de julio del 2004;

RESULTANDO: que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 5º del Convenio
Marco de referencia, "Cada parte formulará, aplicará, actualizará
periódicamente y revisará estrategias, planes y programas nacionales,
multisectoriales e integrales de control de tabaco, de conformidad con las
disposiciones del presente Convenio y de los Protocolos a los que se haya
adherido y que con ese fin, cada Parte, con arreglo a su capacidad
"establecerá o reforzará y financiará un mecanismo coordinador nacional"
para el control de tabaco;

CONSIDERANDO: que, el tabaquismo representa una de las mayores epidemias
de salud pública a nivel mundial y que en nuestro País está asociado a las
dos principales causas de mortalidad, por lo que corresponde crear una
Comisión Intersectorial;

ATENTO: a lo dispuesto en la ley Nº 17.793 de 16 de julio de 2004;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Créase una Comisión Intersectorial para el Control del Tabaco en el
ámbito del Poder Ejecutivo, con el fin de coordinar estrategias y planes
integrales para el control de tabaco, que estará integrada por un
representante de los Organismos que a continuación se detallan:
  MINISTERIO DE SALUD PUBLICA.
  MINISTERIO DEL INTERIOR.
  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS.
  MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA.
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA.
  MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE.
  JUNTA NACIONAL DE DROGA.

Artículo 2

 La Comisión establecerá, dentro de los 30 (treinta) días siguientes a su
instalación el régimen de funcionamiento, así como sus cometidos
específicos.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese.

TABARE VAZQUEZ - MARIA JULIA MUÑOZ - DAISY TOURNE - GONZALO FERNANDEZ - ALVARO GARCIA - MARIA SIMON - DANIEL MARTINEZ - HECTOR LESCANO
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