CARGOS Y CONTRATOS EN LA OFICINA NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. FUNCIONARIOS




Promulgación: 20/09/1985
Publicación: 26/09/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 737
Referencias a toda la norma

Artículo 3

  El Director de la Oficina Nacional del Servicio Civil seleccionará al
personal, en función de los antecedentes personales, funcionales y
técnicos de los aspirantes. A tales efectos, aplicará el procedimiento
técnico de selección que considere conveniente.
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