APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 2008




Promulgación: 20/10/2008
Publicación: 30/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1625
Referencias a toda la norma

Artículo 19

 La prima por antigüedad se abonará a los funcionarios que tengan más de
un año de antigüedad, como mínimo el 2% de una B.P.C. por año de
antigüedad pagadero mensualmente. Para el cómputo de la antigüedad se
sumarán los períodos de actividad continuos y discontinuos en la
Administración Pública o en la ex Compañía de Aguas Corrientes.
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