APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 2008




Promulgación: 20/10/2008
Publicación: 30/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1625
Referencias a toda la norma

Artículo 7

 No constituyen partidas limitativas: la versión de resultados (Art. 643
de la Ley Nº 16.170), el ICOME (ley Nº 16.462, Título 12, Art. 1º, 2º y 3º
del Texto Ordenado), el Impuesto al Patrimonio (Art. 638 y 639 de la Ley
Nº 16.170), el IRAE (Ley Nº 18.083, Título 4, Art. 1º y 3º), el IVA (ley
Nº 18.083 del 27/12/2006 y el art. 34 de la Ley Nº 18.172), la 
amortización de préstamos, ni los intereses a devengar por los mismos, ni los Objetos 2.1.3 Electricidad y 1.5.9 Otros (Productos Químicos) del Presupuesto Operativo. Las últimas dos partidas presupuestales anteriores no podrán servir como reforzantes de otros rubros y/o renglones.

Las modificaciones efectuadas de acuerdo a las necesidades se comunicarán
al Tribunal de Cuentas de la República y a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.
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