Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Lavalleja por la que se
solicita la modificación de varios tributos para el ejercicio 1980.
Considerando: que la fijación del tope máximo de las multas por
transgresión a los decretos departamentales, encuadra dentro de las
facultades establecidas por el artículo 1º de la ley 14.979, de 24 de
diciembre de 1979; no obstante el inciso 6, del citado artículo, establece
que oportunamente deberán gestionarse acuerdos entre las Intendencias
Municipales, a fin de propiciar Ordenanzas que aseguran en lo posible la
igualdad de soluciones a nivel nacional.
Atento: a lo expuesto por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y el Tribunal de Cuentas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Lavalleja a modificar diversos
tributos y prestaciones según lo dispuesto en el artículo 3º de este
decreto.