Fíjase la escala de puntos para determinar la antigüedad de funcionarios administrativos y especializados del Ministerio de Ganadería y Agricultura. Déjanse sin efecto el artículo 3 del Decreto de fecha 10 de diciembre de 1946 y el Decreto 364/964 del 17 de setiembre de 1964, en lo pertinente al cálculo de puntaje por antigüedad.