Visto: la necesidad de disponer la creación de una comisión con el
cometido de asesorar al Poder Ejecutivo respecto de incorporaciones y
modificaciones que se propagan en las Nomenclaturas Arancelarias de
Importación y Exportación con base al Sistema Armonizado de Designación y
Codificación de Mercaderías, así como en los niveles arancelarios
aplicables a la importación de mercaderías.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Créase una Comisión Arancelaria que tendrá como cometido asesorar al
Poder Ejecutivo en relación a:
a) incorporaciones o modificaciones en las Nomenclaturas Arancelarias de
Importación y Exportación con base en el Sistema Armonizado de Designación
y Codificación de Mercaderías;
b) modificaciones de las Tasas Globales Arancelarias, aplicables a la
importación de mercaderías, y
c) Otros temas relaciones con la Política Arancelaria.
La Comisión Arancelaria que se crea estará integrada por un
representante del Ministerio de Economía y Finanzas, quien la presidirá y
sendos representantes del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca; Oficina de Planeamiento y
Presupuesto; Banco de la República Oriental del Uruguay y Dirección
Nacional de Aduanas. Dicha Comisión actuará en la órbita del Ministerio de
Economía y Finanzas.