FIJACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION




Promulgación: 22/11/1994
Publicación: 06/12/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 1475
   Visto: el precio mínimo de exportación provisorio fijado por la
resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 15 de julio de 1994
para la importación de azulejos y baldosas esmaltadas.

   Considerando: conveniente de acuerdo con los análisis realizados, fijar
como precio definitivo el referido precio provisorio, por todo el período
de su vigencia.

   Atento: a lo informado por la Comisión de aplicación creada por el
artículo 14º del Decreto Nº 315/993 de 6 de julio de 1993.

                        El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase con carácter de precio mínimo de exportación definitivo, el
fijado con carácter provisorio por la resolución del Ministerio de
Economía y Finanzas de 15 de julio de 1994, para la importación de
azulejos y baldosas esmaltadas (item NADISA 6908.90.00.00), por todo el
período de su vigencia.

Artículo 2

   El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en 2
(dos) diarios de circulación nacional.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese en 2 (dos) diarios de circulación
nacional, etc.

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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