REGLAMENTACION DE LA LEY 18.184 RELATIVO A IMPORTACIONES EN ADMISION TEMPORARIA, TOMA DE STOCK Y REGIMEN DEVOLUTIVO (DRAW BACK)




Promulgación: 03/11/2009
Publicación: 17/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1480
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.184 de 27/10/2007.

CAPITULO IV - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 43

 Las empresas usuarias de los regímenes de que trata este Decreto,
registrarán informáticamente cada uno de los movimientos de ingreso y
egreso de las mercaderías correspondientes a cada una de las operaciones
que tuviere autorizadas al amparo de  esos regímenes. Por ese medio,
deberán mantener un estricto control de sus stocks, de acuerdo a alguno de
los sistemas de contabilidad universalmente aceptados, en consonancia de
los registros de sus operaciones con los sistemas informáticos de la
Dirección Nacional de Aduanas y del Laboratorio Tecnológico del Uruguay.
Asimismo, deberán registrarse los movimientos de mercaderías hacia y desde
otras empresas intervinientes en la industrialización.
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