Las mercaderías ingresadas temporalmente deberán estar claramente
identificadas y separadas tanto entre sí como de otras mercaderías
ingresadas en régimen general, o adquiridas en plaza. Serán objeto de
estudio, por parte del Laboratorio Tecnológico del Uruguay aquellos casos
en que se pueda demostrar que, por razones fundadas, se imposibilita el
cumplimiento de lo señalado.