TRASPOSICIONES. Las trasposiciones entre grupos del Presupuesto de Compras serán aprobadas por el Directorio de UTE y comunicadas a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas dentro de los 10 días subsiguientes. El Directorio delega tal función en la figura del Gerente General.
Las trasposiciones regirán hasta el 31 de diciembre y tendrán las limitaciones establecidas en el artículo 48 de la Ley N° 17.930 del 13 de diciembre 2005.
Estas limitaciones serán exceptuadas para las trasposiciones que sean necesarias para efectivizar el pago de incentivo de retiro, de retribuciones por ingreso de becarios y por contrataciones de personal según se establece en las normas presupuestales, artículo 14o. Ingreso de Personal, en los literales a), b), c) y d), y artículo 15º Retiro Incentivado, pudiéndose realizar trasposiciones entre los distintos subgrupos del grupo 0 ¿Servicios Personales¿, 01 ¿Retribuciones de Cargos Permanentes¿, 02 ¿Retribuciones de Personal Contratado para funciones permanentes¿, 04 ¿Retribuciones Complementarias¿, 05 ¿Retribuciones Diversas Especiales¿, 06 ¿Beneficios al Personal¿, 07 ¿Beneficios familiares¿ y 08 ¿Cargas Legales sobre Servicios Personales¿ y entre los objetos de dichos subgrupos.
Asimismo se podrán realizar trasposiciones entre los subgrupos del grupo 0, 01 ¿Retribuciones de Cargos Permanentes¿, 02 ¿Retribuciones de Personal Contratado para funciones permanentes¿, 04 ¿Retribuciones Complementarias¿, 05 ¿Retribuciones Diversas Especiales¿, 06 ¿Beneficios al Personal¿, 07 ¿ Beneficios familiares¿ y 08 ¿ Cargas Legales sobre Servicios Personales¿ al rubro 5, objeto 576.000 ¿ Incentivo retiro ¿para el pago de incentivo de retiro.