APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DE AFE. EJERCICIO 2009




Promulgación: 21/10/2008
Publicación: 29/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1767

Artículo 16

 Beneficios al Personal

a) Asistencia médica.
La asistencia médica será atendida a través del Sistema Nacional Integrado
de Salud, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 176/08 del 25 de marzo
de 2008.
En particular, A.F.E. contribuirá con: 1) el 100% de la cuota de
afiliación a los servicios de Asistencia Médica (excluida la cuota del
IMAE) de sus becarios y pasantes, 2) con el 50% en el caso de cónyuges de
funcionarios, y 3) con el 50% en el caso de jubilados y núcleo familiar de
jubilados.
Esta cobertura operará cuando los involucrados no estén cubiertos por el
SNIS y se cumplirá a través de convenios con las IAMC.

b) Compensación por alimentación
El personal de la Empresa tendrá derecho a percibir la compensación por
alimentación equivalente a $ 4.164 mensuales a valores de enero de 2008.
Se excluye de esta compensación a los miembros del Directorio, Gerente
General y Secretario General.
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