Beneficios al Personal
a) Asistencia médica.
La asistencia médica será atendida a través del Sistema Nacional Integrado
de Salud, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 176/08 del 25 de marzo
de 2008.
En particular, A.F.E. contribuirá con: 1) el 100% de la cuota de
afiliación a los servicios de Asistencia Médica (excluida la cuota del
IMAE) de sus becarios y pasantes, 2) con el 50% en el caso de cónyuges de
funcionarios, y 3) con el 50% en el caso de jubilados y núcleo familiar de
jubilados.
Esta cobertura operará cuando los involucrados no estén cubiertos por el
SNIS y se cumplirá a través de convenios con las IAMC.
b) Compensación por alimentación
El personal de la Empresa tendrá derecho a percibir la compensación por
alimentación equivalente a $ 4.164 mensuales a valores de enero de 2008.
Se excluye de esta compensación a los miembros del Directorio, Gerente
General y Secretario General.