APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DE AFE. EJERCICIO 2009




Promulgación: 21/10/2008
Publicación: 29/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1767

Artículo 4

 Las adecuaciones de las partidas presupuestales se realizarán en períodos
acordes con las disposiciones legales vigentes. Cada actualización de los
ingresos y de las asignaciones presupuestales de los grupos de gastos e
inversiones se realizará ajustando los duodécimos de cada grupo para el
período que resta hasta el fin del ejercicio, de forma de obtener al fin
de éste, las partidas presupuestales a precios promedio corriente del año.
En aquellos conceptos en que corresponda, los ajustes se realizarán en
función de los aumentos salariales dispuestos y las variaciones estimadas
del Indice de Precios al Consumo y del tipo de cambio promedio para dicho
período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los
Entes Industriales, Comerciales y Financieros del Estado, en un plazo no
mayor de 15 días a partir de la vigencia del incremento salarial.
La prima por antigüedad y todos aquellos conceptos de beneficios sociales
que se agrupan en el art. 17 "Beneficios Familiares" serán ajustados en
ocasión de la fijación de la Base de Prestaciones y Contribuciones y en
idéntico porcentaje.
Las retribuciones complementarias agrupadas en el objeto 042021, "Por
tareas que impliquen cambio de residencia o casa habitación" serán
pasibles de un ajuste semestral automático, de acuerdo al Indice de
Precios al Consumo -Grupo Alimentos y Bebidas- que publica el Instituto
Nacional de Estadística.
Los Quebrantos de Caja también serán objeto de un ajuste semestral
automático, pero en función de los aumentos registrados en el valor de la
Unidad Reajustable publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
Las rentas por Accidentes de Trabajo se ajustarán en las mismas ocasiones
y porcentajes que las servidas por el Banco de Seguros del Estado.
El Directorio, en un plazo no mayor de 30 días deberá elevar la adecuación
realizada a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de proceder
a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las partidas
adecuadas, las que serán comunicadas por la A.F.E. al Tribunal de Cuentas
de la República dentro de los 15 días subsiguientes, para su conocimiento.
Ayuda