Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 10
Fíjanse con carácter nacional a partir del 1º de junio de 1986 al 30 de setiembre de 1986 para el personal administrativo de los Talleres Mecánicos Especializados comprendidos en el Grupo 8 "Transporte Aéreo" Subgrupo "Aviación General Civil", un incremento salarial del 18% sobre los salarios vigentes al 31 de mayo de 1986.