VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea
solicitando la creación del Centro de Instrucción de Cooperación
Aire-Superficie de la Fuerza Aérea.
RESULTANDO: que hasta el presente en materia de cooperación
aire-superficie se han impartido cursos teóricos en institutos de
enseñanza y se han realizado maniobras y ejercicios prácticos en Unidades
de Combate, en forma separada y sin la debida coordinación.
CONSIDERANDO: I) Que en la materia que se trata la discontinuidad en la
realización de los Cursos Teóricos y en los ejercicios prácticos produce
una distorsión en el proceso de la enseñanza y el aprendizaje así como en
la actualización de los conocimientos;
II) Que la instrucción de cooperación aire-superficie impartida a través
del Centro cuya creación se propone, propenderá al mejor empleo de los
recursos, continua actualización de conocimientos, puesta en práctica de
conceptos doctrinarios tácticos, técnicos y procedimientos estandarizados,
así como facilitará una mayor coordinación y cooperación entre Fuerzas y
Unidades de Combate.
ATENTO: a los fundamentos expuestos, a lo informado favorablemente por
la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto en
los artículos 7 y 14 del decreto ley 14.747, de 28 de diciembre de 1977,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro de
Instrucción de Cooperación Aire-Superficie de la Fuerza Aérea, el que
quedará redactado de la siguiente manera: (*)