VISTO: el Decreto Nº 511/996, de 31 de diciembre de 1996, que aprobó la
Nomenclatura Común del Mercosur con su correspondiente Arancel Externo
Común, y los Decretos Nº 484/997, 425/999 y 391/000, de 29 de diciembre
de 1997, 29 de diciembre de 1999 y 27 de diciembre de 2000
respectivamente, que fijaron las tasas globales arancelarias aplicables
al comercio intrazona y extrazona.-
RESULTANDO: que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad
delegada por el Consejo Mercado Común para modificar el Arancel Externo
Común, dictó las Resoluciones Nº 11/01, 12/01, 29/01, 30/01, 32/01,
45/01, 46/01 y 48/01.-
CONSIDERANDO: que corresponde en consecuencia, recoger las modificaciones
resultantes de las referidas resoluciones del Grupo Mercado Común, en
cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2º de la Ley Nº
12.670, de 17 diciembre de 1959 y 4º del Decreto-Ley Nº 14.629, de 5 de
enero de 1977.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Modifícanse la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente
Arancel Externo Común vigentes, de conformidad con el Anexo que forma
parte del presente Decreto.-