Visto: el decreto 488/990 de 26 de octubre de 1990 por el que se modificó
el decreto 127/99O de 23 de febrero de 1990 y su modificativo 202/990 de 3
de mayo de 1990.
Resultando: I) Que por el decreto 488/990 de 26 de octubre de 1990 se le
dio una nueva redacción a los decretos citados precedentemente;
II) Que por el artículo 2º del decreto 488/990 citado, se derogaron los
decretos 127/990 y 202/990 referidos en el Visto.
Considerando: que corresponde dejar sin efecto la derogación dispuesta en
el artículo 2º del decreto 488/990.
Atento: a lo expresado,
El Presidente de la República
DECRETA: