APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION. EJERCICIO 2007




Promulgación: 28/12/2007
Publicación: 31/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1712
Referencias a toda la norma

Artículo 12

 El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo adecuaciones del GRUPO 0 (Rubros "0" "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales Sobre Servicios Personales" y 7.5 
"Beneficios Sociales") con el fin de ajustar las retribuciones de su personal, en períodos acordes con  las disposiciones legales vigentes. Para ello, se tendrá en cuenta la variación del Indice de Precios al Consumo confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística, sus disponibilidades financieras, y la política del Poder Ejecutivo en la materia. 
 Como consecuencia de la Reestructura Organizativa en trámite de
ejecución, se prevé que se produzcan modificaciones de las estructuras de
cargos y funciones contratadas y redefiniciones de las escalas salariales
respectivas sin aumentar el costo total del Grupo "0". (*)
El Proyecto de esta reestructura, se pondrá en práctica de inmediato a la Resolución de Directorio aprobatoria y previo visto bueno de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. 
A estos efectos se podrán trasponer los créditos necesarios entre los Objetos del Grupo "0" pertinentes hasta el límite del crédito disponible no comprometido.  
Una vez recibida la recomendación de aumento salarial por parte del Poder Ejecutivo a través de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en un plazo no mayor de quince días a partir de la vigencia de dicho aumento salarial, el Ente elevará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas la adecuación de su presupuesto y la nueva apertura del Grupo 0. 

(*)Notas:
Inciso 2º) redacción dada por: Decreto Nº 516/008 de 21/10/2008 artículo 
10.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 512/007 de 28/12/2007 artículo 12.
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