CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 4 BANCA. SUBGRUPO COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO




Promulgación: 12/08/1986
Publicación: 20/10/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

  Fíjanse, con carácter nacional, los siguientes salarios mínimos para los trabajadores de Cooperativas de Ahorro y Crédito comprendidas en la Ley de Intermediación Financiera, con vigencia desde el 1° de junio y hasta el 
30 de setiembre de 1986 :
                                                         N$

Personal de Servicio                                   18.334
Auxiliar de ingreso                                    19.801
Auxiliar 2°                                            23.981
Auxiliar 1ro.                                          25.668
Oficial                                                33.735
Subjefe                                                42.169
Jefe                                                   51.336
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