Visto: El Presupuesto Operativo de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración Nacional de Puertos correspondiente al
ejercicio 1994.
Considerando: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido
su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
Atento: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República;
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 514/993 de 24/11/1993 artículo 1.
LACALLE HERRERA - JUAN CARLOS RAFFO - IGNACIO DE POSADAS MONTERO