Decláranse comprendidos en los beneficios establecidos por el artículo
45 de la Ley Nº 13.319 que ampara la impresión y venta de todo tipo de
material educativo, así como los folletos de carácter artístico y docente,
a los papeles y cartulinas utilizados en la impresión de sobres de discos,
así como en las etiquetas de los mismos y los folletos explicativos que
acompañan los discos en su comercialización y siempre que dichos
materiales fonográficos se encuentren comprendidos dentro del material educativo, artístico o docente.