Visto: los decretos 231/979 y 234/979, de 25 de abril de 1979, 240/979,
de 30 de abril de 1979, 242/979 de 2 de mayo de 1979, 246/979, de 7 de
mayo de 1979, 249/979, de 9 de mayo de 1979, 275/979, de 17 de mayo de
1979 y 280/979 de 16 de mayo de 1979, por los que se aprobó la
Reestructura Presupuestal de los Incisos 5, 18, 15, 4, 11, 25, 8 y 26
respectivamente.
Resultando: que en los decretos aprobados se constataron diversos
errores y omisiones originados en los proyectos presentados por los
Ministerios respectivos o en su trámite posterior.
Considerando: que es necesario modificar los decretos de referencia para
subsanar las deficiencias constatadas.
Atento: a lo informado por la Comisión de Reestructuras creada por el
artículo 2º de la ley 14.800 de 30 de junio de 1978,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase el decreto 242/979 de fecha 2 de mayo de 1979 por el que se aprobó la Reestructura Presupuestal del Inciso 4 "Ministerio del Interior", de la manera siguiente: (*)