Una vez provistos los cargos a que alude el artículo anterior por el
mecanismo de concursos que se reglamenta, la Contaduría General de la
Nación suprimirá los cargos creados por el artículo 43 de la Ley N° 18.046
de 24 de octubre de 2006 que queden vacantes como consecuencia de dicho
procedimiento.