RETRIBUCIONES Y OCUPACIONES
La ANV asume, en lo que sea aplicable, la estructura de grupos
ocupacionales y retribuciones definida por los artículos 28 y siguientes
de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007 y modificativas (Sistema
integrado de Retribuciones y Ocupaciones -SIRO).
La misma comprende una estructura relacional integrada por escalafones,
subescalafones, ocupaciones y niveles ocupacionales con una escala
salarial única de 20 grados, en la que se reflejan las diferencias de
jerarquía relativa de los subescalafones y de sus respectivos niveles
ocupacionales, que se anexa.